ciudad mobileciudad
En vivo
Ciudad MagazineActualidad

El Gobierno reglamentó el "bono fiscal vacacional" serán hasta 20 mil pesos por grupo familiar

Es para reactivar al turismo y la hotelería, sectores muy golpeados por la pandemia.

13 de octubre 2020, 10:36hs
El Gobierno reglamentó el bono fiscal vacacional serán hasta 20 mil pesos por grupo familiar
El Gobierno reglamentó el bono fiscal vacacional serán hasta 20 mil pesos por grupo familiar
Seguinos enAgregá Ciudad como sitio preferido

El Gobierno dispuso hoy que el Programa "Bono Fiscal Vacacional", con el que apunta a estimular la actividad turística, operará con un límite máximo de 2 mil millones de pesos, que se asignará hasta un monto de 20 mil pesos por grupo familiar, a partir de enero de 2021.

Así se estableció en la reglamentación de la Ley de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística, que otorga incentivos para ese sector, uno de los más golpeados por la pandemia y las medidas de aislamiento.

Se trata de la ley N° 27.563, que contempla "una serie de medidas para el sostenimiento y la reactivación de la actividad turística nacional con la finalidad de paliar el impacto económico, social y productivo producido en dicha actividad, en todas sus modalidades, en virtud de las consecuencias generadas por la pandemia de COVID-19", de acuerdo con un decreto publicado este martes en el Boletín Oficial.

Según el Gobierno, el Ministerio de Turismo y Deportes - autoridad de aplicación de la ley- podrá dictar las medidas necesarias para la implementación del Programa, a los efectos del otorgamiento del aporte.

El integrante del grupo familiar que efectúe la solicitud deberá acreditar de modo fehaciente, o manifestar con carácter de declaración jurada, ante ese Ministerio, los siguientes datos: la composición del grupo familiar; los ingresos mensuales netos totales del grupo, los que no podrán exceder el equivalente a cuatro veces el monto del Salario Mínimo Vital y Móvil o el monto que resulte de multiplicar el valor de ese salario por la cantidad de integrantes del grupo familiar, el que resulte menor y toda otra información que requiera esa cartera.

Por grupo familiar, se definió al integrado por el solicitante en forma unipersonal, si no tuviere convivientes; o por este o esta y su cónyuge o conviviente y sus hijos o hijas menores de 18 años convivientes, o sin límite de edad en el caso de hijos e hijas con discapacidad a cargo.

Cuando el solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia sea igual al domicilio de sus progenitores, el grupo familiar se considerará compuesto por el solicitante y sus progenitores a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el Programa.

Los beneficiarios y las beneficiarias de los bonos otorgados al amparo del Programa solo podrán destinarlos al pago de los servicios comprendidos en la Ley N° 27.563, ofrecidos y prestados dentro del territorio nacional.

El importe de los bonos recibidos deberá considerarse como medio de cancelación parcial o total de la obligación por los servicios contratados, sin reducir el monto de los tributos que graven la operación ni ser deducible a los efectos de la determinación del impuesto a las Ganancias, según lo dispuesto.

Ese importe será computado mensualmente por las empresas como crédito contra el IVA o bien las contribuciones patronales sobre la nómina salarial con destino a los subsistemas de Seguridad Social.

El decreto aclaró también que "de existir un remanente que exceda las obligaciones indicadas, el mismo será trasladable a los períodos mensuales siguientes hasta los vencidos al 31 de diciembre de 2021, respetándose igual orden de imputación y limitaciones".

Por otra parte, el Poder Ejecutivo dispuso que los beneficios a empresas del sector previstos en la ley resultarán de aplicación a los sujetos que se encuentren inscriptos en el registro que, a tal efecto, se establecerá en el ámbito del Ministerio de Turismo y Deportes.

Además, esos beneficios esa ley se otorgarán siempre que la actividad que da derecho a ellos se encuentre paralizada o tenga una facturación inferior al 30%, en comparación a los niveles previos a la pandemia.

En cuanto a la prórroga de pago de impuestos, incluirá a tributos cuyo vencimiento opere desde la entrada en vigencia de la ley y hasta el 31 de diciembre de 2020.

Fuente: Noticias Argentinas

Las más leídas

1

La furia de Susana Roccasalvo con Luis Ventura: “Fue muy doloroso para mí”

2

El fuerte cruce entre Luck Ra y Tiago PZK en medio de los rumores de romance con La Joaqui

3

Así es la nueva vida de Balthazar, el hijo mayor de Valeria Mazza y Alejandro Gravier: a qué se dedica

4

Gisela Bernal mandó al frente a Ariel Diwan a 11 años de separarse: “Él estaba casado, no le importaba nada”

5

Moria Casán mostró cómo quedó su nueva habitación en la mansión de Parque Leloir: el video

Más notas sobre Actualidad

Rosen y Meléndez.

Quién es Diego Sebastián Rosen, el empresario argentino detenido por la masacre del músico Jonathan Meléndez en México

Jonathan Meléndez
UN HORROR

“Tenemos un niño”: el video del dramático momento en que encontraron al hijo de 5 años de Jonathan Meléndez

Septiembre frío: cómo estará el tiempo los próximos días (foto IA)
METEOROLOGÍA

Septiembre arrancó con frío en Buenos Aires: cómo estará el tiempo durante los próximos días

© 1996 - 2026, Artear

Seguinos en las redes

Instagram
Facebook
X (Twitter)
YouTube
TikTok
Telegram

Últimas noticias

  • Otro éxito de la hija de Adam Sandler: el melodrama de poco más de una hora y media que todos recomiendan
  • Netflix estrenó una serie de 5 capítulos ideal para un fin de semana: no tendrá temporada 2
  • Horóscopo de hoy por Jimena La Torre: lunes 7 de septiembre de 2026
  • Una tarotista analizó las enigmáticas imágenes que publicó Wanda Nara y reveló qué representarían

Secciones

  • Espectáculos
  • Actualidad
  • Internacional
  • Exclusivo
  • Horóscopo
  • Cine y Series
  • Videos
  • Música
  • Qué Look

Sitios amigos

  • Canal (á)
  • Cucinare
  • El Doce
  • eltrece
  • Cienradios
  • Clarín
  • Grupo Clarín
  • La 100
  • La Voz del Interior
  • Mitre
  • Olé
  • Quiero Música
  • TN
  • Vía País

Seguinos en las redes

Instagram
Facebook
X (Twitter)
YouTube
TikTok
Telegram

© 1996 - 2026, Artear

Mapa del sitioAviso LegalPolíticas de privacidadMedia Kit