ciudad mobile

La reacción de la abogada de Thelma Fardín tras la polémica defensa de Fernando Burlando a Juan Darthés

La reacción de la abogada de Thelma Fardín tras la explosiva defensa de Fernando Burlando a Juan Darthés

El jueves Fernando Burlando realizó declaraciones de alto impacto en Pamela a la Tarde en torno la denuncia por violación que Thelma Fardín hizo sobre Juan Darthés en Nicaragua. Si bien el abogado del actor volvió a afirmar que según su defendido “no ocurrió” el acto sexual, dijo que en la declaración de la actriz ante la Justicia "no vemos una categórica y clara negativa" a dicho acto sexual, y sobre la condición de menor de edad de Thelma, quien tenía 16 en ese momento, afirmó: “No sería delito… Es más, Thelma Fardín en ese momento salía con otra persona mayor de edad (por Juan Guilera) y frente al relato estaría en la misma situación que Darthés".

La polémica estrategia judicial de Burlando fue fruto de análisis en Intrusos, y mientras Jorge Rial expresaba su profunda indignación, la abogada de Fardín lanzó una seguidilla de tweets. Sin hacer mención explícita a su colega o a Darthés, la matriculada compartió "una regla de valoración de la prueba en casos de violencia sexual", dentro de las "Reglas de Procedimiento y Prueba, adoptadas por la Asamblea General de los Estados Parte del Estatuto de Roma el 9 de septiembre de 2002”.

Entonces, Sabrina Cartabia detalló en cinco posteos: “Se previeron principios de valoración probatoria en casos de violencia sexual, y concretamente sobre los actos respecto de los cuales no es viable inferir el consentimiento de la víctima. Regla 70. a) El consentimiento no podrá inferirse de ninguna palabra o conducta de la víctima cuando la fuerza, la amenaza de la fuerza, la coacción o el aprovechamiento de un entorno coercitivo hayan disminuido su capacidad para dar un consentimiento voluntario y libre; b) El consentimiento no podrá inferirse de ninguna palabra o conducta de la víctima cuando ésta sea incapaz de dar un consentimiento libre; c) El consentimiento no podrá inferirse del silencio o de la falta de resistencia de la víctima a la supuesta violencia sexual; d) La credibilidad, la honorabilidad o la disponibilidad sexual de la víctima o de un testigo no podrán inferirse de la naturaleza sexual del comportamiento anterior o posterior de la víctima”.

Luego, Sabrina Cartabia concluyó: "El uso de estas reglas es garantía de investigaciones con perspectiva de género y libres de estereotipos que discriminan a las sobrevivientes de violencia sexual. Las defensas legales que recurren a mitos sobre la violación son revictimizantes y tan dañinas como ineficientes. #NoesNo".

Temas de la nota

Podría interesarte

Participá con tu comentario
Los comentarios publicados en ciudad.com.ar podrán ser reproducidos parcial o totalmente en la pantalla de Ciudad Magazine, como así también las imágenes de los autores.