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Disponen reapertura de salas de cine en CABA y en la provincia de Buenos Aires

Buenos Aires podrá abrir con un aforo que "no podrá superar el 50 por ciento por sala".

25 de febrero 2021, 10:25hs
Disponen reapertura de salas de cine en CABA y en la provincia de Buenos Aires. Foto: Reuter.
Disponen reapertura de salas de cine en CABA y en la provincia de Buenos Aires. Foto: Reuter.
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El Gobierno nacional estableció hoy la reapertura de las salas de cine en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la provincia de Buenos Aires, según dos disposiciones publicadas hoy en el Boletín Oficial.

Por medio de la Decisión Administrativa 133/2021, se establece el permiso para los cines de la Ciudad, que funcionará con un aforo del 30 por ciento de la sala.

En tanto, por medio de la Decisión Administrativa 145/2021, se indica que los cines de la provincia de Buenos Aires podrán abrir con un aforo que "no podrá superar el 50 por ciento por sala".

Ambas normativas están firmadas por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

En ambas se indica, por ejemplo, que "se deberán revisar y adecuar las diferentes tareas fundamentales en base a turnos rotativos de trabajo o cohortes de trabajadores para reducir el intercambio de personas, y disposición de descansos, de manera tal de garantizar las medidas de prevención”.

También, se deberá "mantener la distancia interpersonal de al menos 1.5 metros" por lo cual "se deberá configurar la cantidad de butacas libres que sean necesarias en todas las direcciones".

"Dentro de cada una de las salas de cine la ocupación de butacas contiguas por grupos de convivientes no podrán ser superiores a seis personas y estarán conformadas por butacas contiguas", señala.

"No se permitirá el desplazamiento de público durante el espectáculo", indica la norma y agrega la necesidad del "de tapabocas, no llevarse las manos a la cara, desinfectar con jabón, detergente y / o alcohol los objetos que se usan con frecuencia, así como controlar la temperatura de los trabajadores anterior a la entrada al establecimiento, la cual debe ser menor de 37.5ºC ".

En tanto, los empleados "deberán contar con un espacio de guardado de los efectos personales que no deben ser necesarios para la prestación laboral". "En su defecto deberá mantenerse colgadas y no apoyadas en el piso", completa la norma.

"Se deberá mantener el ambiente laboral bien ventilado" y "dentro de cada establecimiento cinematográfico se deberá realizar una marcación sobre el piso y / o utilizando otros elementos identificatorios a fin de indicar a cada asistente la debida distancia que respetar", mejorar las disposiciones que quedaron oficializadas hoy

Al ingresar al complejo, los / as asistentes del público deberán mostrar la declaración jurada de salud vigente (mediante formulario online, o sistema equivalente) y se deberá instalar Instalar de forma visible en las áreas públicas dispensadores de alcohol en gel o solution de alcohol al 70%.

Asimismo, se deberá Incentivar en el público asistente el uso de medios digitales de compra y pago tanto para las entradas como para los productos comestibles a fin de minimizar la manipulación de dinero, y se deberá tener en cuenta espacios disponibles para la espera y en caso de haber personas pertenecientes a los grupos de riesgos a la espera de su turno, se les deberá dar prioridad de ingreso.

Por otra parte, se procederá a la desinfección total de la sala antes del comienzo de la proyección y los lentes 3D serán limpiados y desinfectados por el personal de los cines después de cada uso.

Se permite el servicio gastronómico y de Candy Bar, el cual deberá adecuar su funcionamiento a lo establecido en los protocolos aprobados para el desarrollo de su actividad.

En el caso de que una persona con discapacidad requiere asistencia, se deberá contemplar y flexibilizar las medidas de lista, en la medida de lo posible y siempre que la actividad lo permita para garantizar su plena participación.

Fuente: Telam.

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